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REGLAMENTO ORGÁNICO DEL AYUNTAMIENTO DE TORREJON DE ARDOZ

KodeaDir3

L01281489

Deskribapena

Artículo 1. El municipio es la entidad básica de la organización territorial del Estado y cauce inmediato de participación ciudadana en los asuntos públicos, que institucionaliza y gestiona con autonomía los intereses de la colectividad en su ámbito. Art. 2. Las Entidades Locales se rigen, en primer lugar, por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y además, en cuanto a la organización y funcionamiento, por: a) El Reglamento Orgánico Municipal propio de cada Entidad aprobado en virtud de la potestad reglamentaria y de autoorganización por el artículo 4, punto 1, apartado a), de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local. b) Por las Leyes de las Comunidades Autónomas sobre Régimen Local, que podrán establecer una organizaciónmunicipal complementaria en todo aquello que su Reglamento Orgánico no disponga lo contrario [artículos 20.2 y 123.1.c) de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local]. c) El Pleno del Ayuntamiento podrá aprobar, por mayoría absoluta de sus miembros y con carácter complementario, el presente Reglamento para la Regulación del Funcionamiento de los Órganos Complementarios Previos y de la Participación ciudadana

Azken eguneratzea

27-04-2017

Lotura

http://www.ayto-torrejon.es/intranet/MiPaginaDescargas/366_Reglamento%20Orgánico%20de%20Funcionamiento.pdfLeiho berrian irekiko dira.

Dokumentu erantsia

366_Reglamento Orgánico de Funcionamiento.pdf

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