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SOLICITUD DE VOLANTE DE EMPADRONAMIENTO

Descripción

Formularios y trámites más utilizados Volante de empadronamiento Descripción Este documento tiene carácter informativo en relación con la residencia y el domicilio habitual en este Municipio. Quién lo puede solicitar Las personas mayores de edad que estén empadronadas en este Municipio. La persona menor de edad o incapacitada no puede solicitar ni ser titular de volantes, de manera que deberá solicitarlo una persona mayor de edad que esté empadronada con él y seleccionar el tipo “familiar”. Cómo lo puede tramitar •Presencialmente, sin formulario previo, en la oficina de SAIC-Estadística y se lo llevará en el momento •Si dispone de certificado electrónico o DNIe, a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz. •A través del teléfono 010 •A través del formulario web En estos dos últimos casos, lo recibirá en su domicilio por correo ordinario. - Para solicitar y retirar personalmente el volante deberá acreditar su identidad aportando el original de su documento de identidad. - Para que sea solicitado y retirado por otra persona, que no figure en el volante, deberá aportar autorización firmada por el interesado, junto con el documento de identidad original del autorizante y del autorizado. Notas -Si ha realizado algún cambio en el Padrón de Habitantes, deben pasar al menos 7 días para que sea efectivo. - Dentro de nuestro municipio, para la practica totalidad de trámites a realizar, son válidos los volantes de empadronamiento. A título de ejemplo: •Solicitud o renovación del DNI, permiso de residencia o pasaporte en nuestro municipio. •Cualquier trámite en el Juzgado del municipio (inscripción de un nacimiento, nacionalidad, solicitud de asistencia jurídica gratuita, etc.). •Cualquier trámite relacionado con los Servicios Sociales de nuestro Ayuntamiento (incluidas las solicitudes en las que actúan como 'intermediarios' con la Comunidad de Madrid, que es el destinatario final de la solicitud: REMI, prestaciones relacionadas con la situación de dependencia, etc.) •Cualquier trámite que gestione la Comunidad de Madrid (excepto la inscripción como pareja de hecho). •Solicitudes de ayuda a CARITAS. •Cualquier trámite en el INEM para el que sea necesario un documento que acredite el empadronamiento. •Cualquier trámite en la Seguridad Social. •Solicitudes de plaza en Colegios o Institutos (nueva inscripción o cambio de centro). - El Consejo de Empadronamiento ha establecido que los volantes de empadronamiento se expedirán bien individualmente, bien de tipo colectivo (que incluye a todos los residentes en la vivienda); no se podrán realizar de ningún otro tipo. Unidad Tramitadora Departamento de Estadística SAIC

Código Dir3

L01281489

Fecha de publicación

03-04-2017

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